La ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal, LOPD 15/1999, entro en vigor el 1 de enero del 2000.


El objeto de esta Ley Orgánica consiste en garantizar y proteger, en lo referente a los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar. Esta ley afecta, entre otros, a las comunidades de propietarios, que manejan o almacenan datos de carácter personal. Las obligaciones de los afectados por esta ley consisten en declarar sus bases de datos de carácter personal en la Agencia de Protección de Datos.

Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 (RGPD).

Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos personales i Garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

Estas normativas son obligatorias para todas las Comunidades que posean y realicen tratamiento de datos de carácter personal.

El incumplimiento de los requerimientos establecidos en estas normativas puede comportar sanciones, impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos, que oscila entra los 10.000€ a 20.000.-€, en función de la gravedad de la infracción cometida.

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